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Modifica ley 18.591 y establece normas sobre fondos solidarios de credito universitario Artículo 17 BIS Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 28-05-2024

Modifica ley 18.591 y establece normas sobre fondos solidarios de credito universitario
Artículo 17 BIS.

En caso de mora, y sólo una vez agotadas todas las instancias de recuperación prejudicial de la deuda, el administrador del fondo podrá reprogramar la deuda morosa de los deudores que no hubieren reprogramado con anterioridad y que se lo soliciten. Esta reprogramación deberá ser en cuotas fijas, anuales y sucesivas. No obstante lo anterior, una reprogramación individual no podrá ocurrir antes de que hayan transcurrido 18 meses desde que el deudor entró en mora.

Para acogerse a esta reprogramación los deudores deberán hacer un pago inicial del todo o parte del saldo de capital más los intereses adeudados, sin contar los intereses penales, y se les condonarán estos últimos en la misma proporción que el porcentaje de la deuda que inicialmente paguen, menos un 10%. Con todo, esta condonación en ningún caso podrá exceder del 80% de los intereses penales ni ser inferior al 20%.

El pago inicial no podrá ser inferior al monto mayor entre el 10% de la deuda, excluyendo los intereses penales, y el equivalente a 4 unidades tributarias mensuales. Asimismo, en caso que el 10% de la deuda resulte superior a 20 unidades tributarias mensuales, el deudor podrá optar por pagar inicialmente este último monto.

El plazo de pago del remanente de la deuda no deberá exceder de 10 años, si el monto de la deuda reprogramada es igual o inferior a 150 unidades tributarias mensuales, o de 15 años, si el monto de la deuda reprogramada es superior a 150 unidades tributarias mensuales.



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Hola. En el caso del art. 990 la Viuda que quedó cuando el marido murió y ahora ella también murió y no dejó hijos. Y tenemos la herencia de una tierra que dejó el abuelo padre del difunto. Esa conyugue ya difunta también sigue contando como herederas o son solos los herederos consanguíneos los que cuentan aquí?

Gracias de antemano por su respuesta.


Una madre puede heredar a un solo hijo su empresa y un vehículo. O existe alguna forma que esto quede solo a nombre de este hijo después que ella fallezca.


De conformidad lo establecido en nuestra constitución, en su artículo 19ª en el numeral 1º “El derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de la persona”.

 De este modo, el constituyente ha elevado a una categoría esencial el derecho de las personas a no ser ilegítimamente afectada su integridad como trabajador, desempeño en las funciones, de suerte que cualquier acción contraria constituye una vulneración de esta garantía esencial, y que forma parte de aquello que tanto la doctrina nacional y comparada, comprende dentro de los DERECHOS HUMANOS.


Dirección: Agustinas 611, of 73 stgo. +56978732483

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Si, es embargable cualquier producto bancario, incluidos los fondos en la cuenta de ahorro para la vivienda.


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¿Son embargables las cuentas de ahorro para la vivienda?


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